Registrar una Vivienda Turística en Andalucía
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Registrar una Vivienda Turística en Andalucía es un proceso muy sencillo. El Decreto 28/2016, de 2 de febrero, regula las viviendas con fines turísticos estableciendo unas garantías mínimas de calidad y seguridad para los usuarios de alojamientos turísticos y la protección del medio ambiente y del entorno urbano, ejes en lo que se basa la política turística de desarrollo sostenible, en pro, como indica la propia ley a «una nueva cultura basada en la sostenibilidad». Además, se ha creado un censo de viviendas con fines turísticos en Andalucía, implementado a través del Registro de Turismo de Andalucía (RTA).
Para empezar, es importante que sepas que se considera alojamiento de servicio turístico, aquélla vivienda ubicada en suelo urbano, que facilite hospedaje o estancia de forma habitual y con un precio acordado, a las personas usuarias de servicios turísticos, estando los requisitos mínimos relacionados directamente con la prestación del servicio, la calidad básica en la oferta y la atención y el derecho de información de los usuarios.
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Por lo tanto, si tienes una segunda vivienda que quieras convertir en alojamiento turístico o deseas alquilar alguna de las habitaciones de tu vivienda habitual y anunciarla en medios tales como internet, podemos asesorarte y ayudarte con las gestiones de registro.
Declaración Responsable en el Registro de Turismo de Andalucía
Para registrar una Vivienda Turística en Andalucía es necesario que la persona o entidad que vaya a hacerse cargo de la explotación del servicio formalice ante la Conserjería de Turismo de Andalucía, mediante "Declaración Responsable", el cumplimiento de los requisitos mínimos establecidos en el Decreto 28/2016, de 2 de febrero.
Para ello, necesitas acceder a la Oficina Virtual de la Conserjería, donde podrás realizar los trámites con o sin certificado digital. En el caso de no poder presentar la declaración de forma digital, podrás entregarla de forma presencial ante la Delegación Territorial de Turismo o incluso mandarla por correo certificado.
Requisitos Mínimos:
Datos correspondientes a la identificación de la vivienda, lo que incluye:
- Referencia Catastral: Son catorce caracteres entre números y letras referentes a la parcela catastral y otros seis más que la completan para la propiedad en si. Se puede encontrar en la Escritura de la Propiedad o en un Recibo del IBI.
- Capacidad de la vivienda en función a la Licencia de Ocupación o Documento equivalente. En el caso de carecer de Licencia de Ocupación, que es esencial para realizar estos trámites, puede obtenerla a través de un Certificado Descriptivo Gráfico, que es un informe completo que incluye memoria, documentación gráfica, información catastral, diversos tipos de planos, etc.
Datos del propietario:
- En el caso de que quien vaya a explotar la vivienda no fuera la persona propietaria de la misma, serán necesarios todos sus datos y el contrato que lo habilite, siendo la persona o entidad a la que se le cede, quien tenga que realizar la declaración responsable. En el caso de que alguien gestione la propiedad y no exista contrato o título de cesión, a esta persona se le considerará mero gestor o intermediario.
Finalmente, desde el momento en que entregues la Declaración Responsable, puedes empezar a publicitar a través de cualquier medio tu vivienda turística. En el plazo de 15 o 30 días, recibirás un código que deberás incluir en todos los anuncios de tu alojamiento, ya que indica que la propiedad está inscrita en el Registro de Turismo de Andalucía. Desde ése momento, tendrás el plazo de un año para adaptar la vivienda a la normativa:
- La ventilación directa al exterior de las habitaciones.
- El mobiliario y enseres necesarios dependiendo de las plazas disponible.
- Disposición de aparatos fijos de refrigeración y calefacción.
- Botiquín.
- Hoja de Reclamaciones.
- Información Turística.
- Limpieza.
- Ropa de cama y baño.
- Instrucciones sobre electrodomésticos, dispositivos y menaje.
- Teléfonos de incidencia y urgencias disponible 24 horas.
- Accesibilidad a wifi, en el caso de que lo haya.
- Documentación a modo de contrato con el huésped.
- Política de cancelación de Reservas.
- Control de huésped mediante Libro de Registro y Comunicación a la Policía.
En AA Arquitectos y Abogados te ofrecemos un servicio completo de asesoramiento para Registrar tu Vivienda Turística en Andalucía.
Cuidamos cada detalle para que el proceso sea sencillo y te recomendamos las mejores fórmulas para conseguir que tu Vivienda Turística sea un negocio rentable. Si deseas más información y presupuesto, contacta con nosotros. Como siempre, estamos encantados de atenderte.